BCV ESTABLECE NORMA PARA EL REDONDEO DE LOS SALARIOS

El Banco Central de Venezuela, (BCV), dictó este miércoles las normas que regirán los aspectos relativos al salario y otras prestaciones de carácter social durante el proceso de reconversión monetaria que comenzará el próximo primero de enero.

En nota de prensa se informó que el ente emisor determinó que cuando la división de estos conceptos entre mil (para determinar su equivalente en bolívares fuertes) arroje como resultado una milésima diferente a cero, la misma será llevada a la centésima superior.

La resolución emitida por el BCV especifica que el redondeo de los salarios, a raíz de la puesta en marcha de la reconversión monetaria, se hará siempre hacia arriba, en beneficio del trabajador.

Cuando se divida entre mil el monto de los "sueldos y salarios básicos, así como las pensiones y jubilaciones y demás prestaciones con ocasión del trabajo" y resulte un número con una parte decimal "cuya milésima sea diferente a cero", se eliminará esta milésima y se elevará el monto a "la centésima superior", dice la resolución del BCV.

De tal forma que si después de dividir entre mil, el salario de un trabajador queda en 830,562 bolívares fuertes, se procederá a cancelarle 830,57 bolívares fuertes.

Este ajuste sólo se realizará una vez, agregó el BCV, en la resolución publicada en la Gaceta Oficial correspondiente al martes 20 de noviembre.

 Este ejemplar también contiene la resolución mediante la cual se establece la obligatoriedad que tienen los demás organismos públicos de colaborar con el ente emisor durante el proceso de reconversión monetaria.