BCV
ESTABLECE NORMA PARA EL REDONDEO DE LOS SALARIOS
El Banco Central de Venezuela, (BCV), dictó este miércoles las
normas que regirán los aspectos relativos al salario y otras prestaciones de carácter
social durante el proceso de reconversión monetaria que comenzará el próximo
primero de enero.
En nota de prensa se informó que el ente emisor determinó que cuando la división de estos conceptos entre mil (para determinar su equivalente en bolívares fuertes) arroje como resultado una milésima diferente a cero, la misma será llevada a la centésima superior.
La resolución emitida por el BCV
especifica que el redondeo de los salarios, a raíz de la puesta en marcha de la
reconversión monetaria, se hará siempre hacia arriba, en beneficio del
trabajador.
Cuando se divida entre mil el monto de
los "sueldos y salarios básicos, así como las pensiones y jubilaciones y
demás prestaciones con ocasión del trabajo" y resulte un número con una
parte decimal "cuya milésima sea diferente a cero", se eliminará esta
milésima y se elevará el monto a "la centésima superior", dice la
resolución del BCV.
De tal forma que si después de dividir
entre mil, el salario de un trabajador queda en 830,562 bolívares fuertes, se
procederá a cancelarle 830,57 bolívares fuertes.
Este
ajuste sólo se realizará una vez, agregó el BCV, en la resolución publicada en
la Gaceta Oficial correspondiente al martes 20 de noviembre.
Este ejemplar también contiene la resolución
mediante la cual se establece la obligatoriedad que tienen los demás organismos
públicos de colaborar con el ente emisor durante el proceso de reconversión
monetaria.