|
|
|
Del Comité Operativo y Vicepresidente Ejecutivo
HOME > ESTATUTOS >
|
ARTÍCULO CUADRAGESIMO SEPTIMO:
- El Comité Operativo de la Asociación está conformado por el Presidente, Vicepresidente y Tesorero de la Junta Directiva y estará presidido por el primero de los nombrados.
- Este Comité es responsable de atender y velar por la sana y correcta administración de la Asociación y para ello tiene las facultades que se fijan en estos Estatutos y las que le otorgue la Junta Directiva o la Asamblea de la Asociación.
- La administración diaria de la Asociación será llevada a cabo por un Vicepresidente Ejecutivo.
El nombramiento, remoción y compensación de este Vicepresidente Ejecutivo será informado por el Comité Operativo a la Junta Directiva, quien tiene la facultad de aprobarla, negarla o modificarla. El Comité Operativo definirá por escrito las atribuciones del Vicepresidente Ejecutivo y las someterá a consideración de la Junta Directiva, quien podrá aprobarlas o modificarlas según lo estime conveniente. El Vicepresidente Ejecutivo reporta directamente al Comité Operativo de la Asociación en cabeza del Presidente de éste; sin embargo, el Presidente podrá delegar en el Director Vicepresidente la función de supervisión del Vicepresidente Ejecutivo.
[ Descargue esta información en PDF ]
 |
Para ver los Archivos PDF necesitas tener instalado en tu computador el programa Acrobat Reader. Si no lo tienes, aquí
puede obtener una copia gratis. |
|
|
|
|
|
Miembro del Clúster de Innovación, Tecnologías de Información y Comunicaciones (CiTIC)
|
 |

|
|
|
|
|
|